jueves, 6 de abril de 2017

Proposición No de Ley formulada por el PP instando al Gobierno a que elabore el Real Decreto para la Jubilación Anticipada de Policías Locales.

Proposición No de Ley formulada por el PP instando al Gobierno a que elabore el Real Decreto para la Jubilación Anticipada de Policías Locales.
Tras una pormenorizada recopilación de datos y el análisis detallado de las condiciones laborales de este colectivo, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social tras recibir el informe favorable solicitado a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), ha considerado que los policías locales cumplen los requisitos necesarios para acceder a la jubilación anticipada.
A la Mesa del Congreso de los Diputados.
El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente Proposición no de Ley relativa a regular la jubilación anticipada del colectivo de policías locales, para su debate en el Pleno.
Exposición de motivos
Anticipar la edad de jubilación ha sido una reivindicación reiterada por el colectivo de policías locales en la última década. Considerando justa esta petición, desde el Gobierno del Partido Popular se ha abordado la posibilidad de rebajar la edad de jubilación de los policías locales y se han llevado a cabo los trámites que marca la Ley para estudiar la viabilidad de la misma. Tras una pormenorizada recopilación de datos y el análisis detallado de las condiciones laborales de este colectivo, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social tras recibir el informe favorable solicitado a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), ha considerado que los policías locales cumplen los requisitos necesarios para acceder a la jubilación anticipada.
El artículo 206.1 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, prevé que la edad de jubilación pueda ser rebajada para aquellos grupos o actividades profesionales cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y, acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad.
Es la Ley 27/2011, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, en su disposición adicional vigésima tercera, la que establece que será el Gobierno quien aprobará las normas necesarias sobre el procedimiento general de aprobación de coeficientes reductores de la edad de jubilación en los distintos sectores y ámbitos.
A estos efectos se aprueba el Real Decreto 1698/2011, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de Seguridad Social.
El procedimiento establecido por el Real Decreto 1698/2011, implica que para obtener el reconocimiento de coeficientes reductores de la edad de jubilación por las circunstancias de la actividad profesional desempeñada, deben realizarse unos estudios previos sobre siniestralidad en el sector. Con esta finalidad, y siguiendo el procedimiento legalmente establecido, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, inició de oficio este proceso orientado a valorar la pertinencia o no de la aplicación de coeficientes reductores en la edad de jubilación de los policías locales, que ha concluido con la pertinencia de su aplicación.
Desde el comienzo del proceso, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha mantenido fluido contacto tanto con las asociaciones y sindicatos policiales como con ayuntamientos, con el objetivo común de colaborar y facilitar la información necesaria para la elaboración de los estudios requeridos a fin de agilizar el proceso.
En la actualidad, todos los trámites legalmente establecidos se han consumado y se ha acordado aprobar un Real Decreto que regule la jubilación anticipada de la policía local.
Esta nueva medida permitirá que los cerca de 70.000 policías locales que ejercen en España puedan adelantar su edad de jubilación sin perder poder adquisitivo, siempre y cuando cumplan determinados requisitos. Actualmente, en España hay cerca de 70.000 policías locales de los cuales 3.200 tienen más de sesenta años y 4.000 tienen entre cincuenta y cinco y sesenta.
En definitiva, la jubilación anticipada del colectivo de los policías locales está cada vez más cerca de hacerse realidad.
Por todo ello, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, presenta la siguiente
Proposición no de Ley
«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a elaborar el Real Decreto que regule la aplicación de los coeficientes reductores para la jubilación anticipada del colectivo de policías locales, a fin de que entre en vigor con la mayor brevedad posible.»
Palacio del Congreso de los Diputados, 23 de marzo de 2017.—Rafael Antonio Hernando Fraile, Portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
Ficheros Adjuntos:

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