viernes, 28 de julio de 2017

La Justicia anula parcialmente el modelo educativo valenciano por discriminar al castellano, tras un recurso de CSIF

La Justicia anula parcialmente el modelo educativo valenciano por discriminar al castellano, tras un recurso de CSIF
El sindicato pide a Conselleria de la Generalitat que ejecute de inmediato esta sentencia que reconoce el “desequilibrio” para el castellano
27 de Julio de 2017

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha anulado parcialmente el decreto el 9/2017 de la Generalitat Valenciana que establece el modelo lingüístico educativo valenciano en la enseñanza no universitaria, tras un recurso presentado por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), al entender que discrimina al castellano.
El alto tribunal estima parcialmente el recurso de CSIF por vulneración de derechos fundamentales en su disposición adicional 5 sobre la Certificación de Lenguas. Esa discriminación se producía por otorgar una certificación en inglés superior a quien optara por niveles con más carga lectiva en valenciano. El sindicato pide a Conselleria que ejecute de inmediato la resolución judicial.
CSIF explica que esta resolución estima el principal motivo de recurso del sindicato y demuestra “la discriminación que el decreto causaba a las familias que escogieran para sus hijos los niveles con más asignaturas en castellano”.
CSIF señala que el dictamen de la sala recalca el “desequilibrio para el castellano” y el “claro agravio comparativo para el alumnado que opte por mayor presencia del castellano”, tal como aducía CSI·F en su recurso. El tribunal sostiene que “la Disposición Adicional 5ª controvertida no supera el canon de constitucionalidad”.
El sindicato explica que la sentencia subraya que “carece de justificación y por ello resulta irrazonable y desproporcionado el modo excluyente de concebir en esa Disposición Adicional 5ª el acceso a la enseñanza y la certificación del nivel de inglés para el alumnado que opte por mayor presencia del castellano”.
El TSJ concluye que esa disposición adicional “realiza una evidente diferencia de trato entre el valenciano y el castellano que tiene una clara incidencia en la certificación de lenguas al alumnado”. Por ello dictamina que “vulnera derechos susceptibles de amparo constitucional” y acuerda estimar la demanda presentada por CSI·F.

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