martes, 23 de febrero de 2016

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de CSIF, CC.OO y UGT contra la Prescripción enfermera

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso de CSIF, CC.OO y UGT contra la Prescripción enfermera

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El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por laCentral Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF),  CC.OO y UGT contra el Real Decreto de Prescripción Enfermera.
 
Además, la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha requerido al Abogado del Estado que aporte información sobre la petición de suspensión cautelar de esta normativa. CSIF reclama la suspensión ante la inseguridad jurídica que está generando en este colectivo de profesionales.
 
Desde CSIF, valoramos de manera positiva la admisión a trámite y lamentamos la cerrazón por parte del Ministerio de Sanidad a abordar este asunto a través del diálogo con los sindicatos que ostentan la representación legítima de los trabajadores, a través del Ámbito de Negociación.
Mientras tanto, CSIF espera que los partidos políticos que finalmente alcancen un acuerdo de legislatura incluyan esta demanda en la acción de Gobierno y se derogue el Real Decreto.
 
El Real Decreto que regula el uso, la indicación y autorización de medicamentos por parte del colectivo de Enfermería fue aprobado el pasado mes de noviembre por el Consejo de Ministros, pero en la práctica no se está aplicando por el conflicto y la incertidumbre que ha generado en los profesionales que no saben a qué atenerse, ante los requisitos exigidos en la norma.
 
Los sindicatos presentan el recurso fundamentado en tres motivos:
 
1. La norma ha sido aprobada sin la necesaria negociación con los sindicatos, invadiendo competencias del Ámbito y vulnerando la Ley de Libertad Sindical.
 
2. El borrador que llegó al Consejo de Estado durante el trámite de consultas no se corresponde con el que posteriormente fue aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el BOE.
 
3. La norma exige como requisito para la prescripción de medicamentos una formación adicional (un curso de 180 horas, equivalentes a 6 créditos ECTS) que, desde nuestro punto de vista, no es necesario puesto que los contenidos ya están incluidos en el periodo de formación universitaria. 

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