Cotizaciones a MUFACE - Ejercicio 2016
La cotización se determina aplicando un tipo fijado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado a la base de cotización, que es igual al haber regulador que en cada momento esté establecido a efectos de cotización de Derechos Pasivos.
La cuota mensual se obtiene multiplicando la base de cotización anual por el tipo y dividiendo el resultado entre 14. Se abonará una cuota doble en los meses de junio y diciembre.
La cuota mensual para 2016, según el grupo/subgrupo funcionarial al que pertenezca el mutualista, oscila entre 48,10 € y 19,61 € (art. 116 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016).
La cuota mensual se obtiene multiplicando la base de cotización anual por el tipo y dividiendo el resultado entre 14. Se abonará una cuota doble en los meses de junio y diciembre.
La cuota mensual para 2016, según el grupo/subgrupo funcionarial al que pertenezca el mutualista, oscila entre 48,10 € y 19,61 € (art. 116 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016).
No hay comentarios:
Publicar un comentario