viernes, 23 de noviembre de 2012

La ley de tasas discrimina al personal funcionario respecto al resto de los trabajadores

La ley de tasas discrimina al personal funcionario respecto al resto de los trabajadores

 
El ‘tasazo’ de Gallardón confirma la cotización de los funcionarios por la paga extra de Navidad aunque no la cobren
La ‘Ley de Tasas’ en el ámbito de la Administración de Justicia ‘esconde’ nuevas discriminaciones al colectivo de funcionarios españoles.
En primer lugar, la norma elimina la posibilidad de comparecer al personal funcionario por sí mismo en defensa de sus derechos laborales, estableciendo la obligación de acudir con abogado y procurador, y por tanto asumiendo su coste. El resto de trabajadores sí que pueden personarse sin esta representación.
 
La ‘Ley de tasas’ también discrimina a los empleados públicos respecto del resto de trabajadores en materia de exenciones de la tasa. El personal funcionario está exento sólo del pago de la tasa en la primera instancia debiendo abonar el cien por cien cuando recurre a la segunda instancia o en casación (800 y 1200 euros, respectivamente). Por su parte, el resto de trabajadores están exentos en la primera instancia y, además, tienen una exención del 60 por ciento en la segunda instancia y en la casación.
 
Además, la cuantía de la tasa en segunda instancia y casación es sensiblemente superior para los funcionarios. En concreto, un funcionario pagaría 600 euros de más en segunda instancia y 900 euros de más en casación.
 
Finalmente, aunque no es el objeto de esta norma, el Gobierno regula a través de la disposición final cuarta, las especificidades de la paga extra de Navidad para el colectivo de empleados públicos adscritos en el régimen de clases pasivas (MUFACE, MUGEJU e ISFAS), que deberán cotizar por la citada paga extra aunque no la cobren.
 
Se trata de la inmensa mayoría de funcionarios pertenecientes a la Administración, las Fuerzas Armadas y la carrera Judicial, Fiscal y de Secretarios Judiciales, cuyas cuantías de cotización se deberán abonar doblemente durante el mes de diciembre. Así, no solo dejarán de percibir la paga extra, sino que recibirán un nuevo descuento en su nómina, cobrando menos que cualquier mes ordinario.

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